Las personas adultas mayores tienen derechos en materia de laboral a:
I. Gozar de igualdad de oportunidades en el acceso al trabajo, al emprendimiento u otras opciones que les permita un ingreso propio y un desempeño productivo;
II. Decidir libremente sobre su actividad laboral, ser parte activa de la sociedad y ocupar trabajos, actividades lucrativas o voluntarias, conforme a su profesión, oficio o habilidad manual, aprovechando de esta manera sus habilidades, sin más restricción que sus limitaciones físicas o intelectuales;
III. Ser incluido para obtener empleo en las bolsas de trabajo de las instituciones oficiales y particulares;
IV. Recibir capacitación para desempeñarse en actividades laborales acordes con su edad y habilidades; y V. Acceder a un empleo en áreas especiales de acuerdo a sus condiciones físicas en las que pueda desarrollarse dentro de las fuentes de trabajo, con las prestaciones de ley y con salarios que correspondan conforme a la actividad laboral que desempeñan.