Las personas adultas mayores tienen derechos en materia de integridad, dignidad y preferencia a:
I. Al respeto por su sola calidad de ser humano y garantizar la igualdad entre las personas adultas mayores al margen de las relaciones sociales de poder y subordinación; 4 II. Evitar bajo cualquier circunstancia a ser objeto de discriminación;
III. Gozar, en igualdad de circunstancias y de oportunidades, el ejercicio de sus derechos, respetando su heterogeneidad individual;
IV. Recibir protección institucional para una vida de calidad, libre de violencia, de maltrato físico, psicológico, económico o sexual, de negligencia, abandono o de discriminación, desnutrición y toda enfermedad física evitable;
V. La protección contra toda forma de explotación en cualquiera de sus variantes, del aislamiento y la marginación;
VI. Recibir un trato preferencial, digno y apropiado en relación con prestaciones y servicios en cualquier procedimiento que se desahoguen ante las autoridades municipales y estatales; y VII. Recibir la atención adecuada por las instituciones públicas, privadas y de la sociedad en general.