Es derecho de coparticipación de la sociedad formar grupos de apoyo y asistencia social que, en coordinación con las autoridades o, de manera independiente, colaboren en el mejoramiento de las condiciones de vida de las personas adultas mayores y particularmente promuevan la igualdad en el acceso al empleo, eliminando la discriminación.
Artículo 20
Ley de los Derechos de las Personas Adultas Mayores del Estado de Jalisco· Título Tercero. De la familia del adulto mayor y de la sociedad › Capítulo II. De la participación de la sociedad
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