El compromiso para someterse a un método alterno puede comprender la atención de la totalidad del conflicto o parte de él. Si en el compromiso no se establecen puntos específicos del conflicto para su atención, se entenderá que el método alternativo elegido será aplicable a su totalidad.
Artículo 10
Ley de Justicia Alternativa del Estado de Jalisco· Capítulo I. DISPOSICIONES GENERALES
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