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Artículo 13

Ley de Justicia Administrativa del Estado de Jalisco· Capítulo II. DE LAS NOTIFICACIONES Y DE LOS TÉRMINOS

La lista de autos y resoluciones dictados por un Magistrado o Sala, se publicará en el Boletín Electrónico.

En el Boletín Electrónico deberá indicarse la denominación de la Sala y ponencia del Magistrado que corresponda, el número de expediente, la identificación de las autoridades a 3 notificar y, en términos de la normatividad aplicable en materia de protección de datos personales, en su caso, el nombre del particular; así como una síntesis del auto, resolución o sentencia. El Boletín Electrónico podrá consultarse en la página electrónica del Tribunal.

La Junta de Administración, mediante lineamientos, establecerá el contenido de la síntesis del auto, resolución o sentencia, así como las áreas, dentro del Tribunal, en las cuales serán entregados los traslados de ley; y en su caso, los mecanismos que permitan a las partes conocer el auto, resolución o sentencia correspondiente.

Conexiones dentro de la misma norma

Cita a: ningún otro artículo de esta norma.

Lo citan: ningún otro artículo de esta norma.