A los contribuyentes de este impuesto, que efectúen el pago correspondiente al año 2026, en una sola exhibición se les concederán los siguientes beneficios: a) Si efectúan el pago durante los meses de enero y febrero del año 2026, se les concederá un beneficio del: 15% b) Cuando el pago se efectúe durante el mes de marzo y abril del año 2026, se les concederá un beneficio del 5% A los contribuyentes que efectúen su pago en los términos del inciso anterior no causarán los recargos que se hubieren generado en ese periodo.
Artículo 21
Ley de Ingresos del Municipio de Tapalpa, Jalisco para el ejercicio fiscal 2026· Título Segundo. IMPUESTOS › Capítulo Segundo. IMPUESTOS SOBRE EL PATRIMONIO
Conexiones dentro de la misma norma
Cita a: ningún otro artículo de esta norma.
Lo citan: 23