Los términos de vigencia de las licencias y permisos a que se refiere este capítulo, serán hasta por 24 meses; transcurrido este término, el solicitante pagará el 10% del costo de su licencia o permiso por cada bimestre de prorroga; no será necesario el pago de éste cuando se haya dado aviso de suspensión de la obra.
De Las Licencias de Cambio de Régimen de Propiedad y Urbanización