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Artículo 57

Ley de Ingresos del Municipio de Autlán de Navarro, Jalisco para el ejercicio fiscal 2026· Título Tercero › Capítulo Segundo. DERECHOS POR PRESTACIÓN DE SERVICIOS › Sección Décima

Las tarifas por el suministro de agua bajo el régimen de cuota fija en la cabecera municipal se basan en la clasificación establecida en el Reglamento para la Prestación de los Servicios de Agua, Alcantarillado y Saneamiento del Municipio de Autlán de Navarro, Jalisco y serán:

I. Habitacional: a) Mínima $ 126.35 b) Genérica $ 152.97 c) Alta $ 204.19 d) Residencial $ 340.16 e) Residencial Alta $ 458.63 II. No Habitacional: a) Secos $182.19 b) Media $467.47 c) Alta $604.98 d) Sub intensiva $1,040.21 e) Intensiva $1,229.71 f) Hotelería $6,079.42 g) Industrial $6,254.24

Conexiones dentro de la misma norma

Cita a: ningún otro artículo de esta norma.

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