A los contribuyentes de este impuesto, que efectúen el pago correspondiente al año 2026 en una sola exhibición se les concederán los siguientes beneficios: a) Si efectúan el pago durante los meses de enero y febrero del año 2026 se les concederá una reducción del 15.0% b) Cuando el pago se efectúe durante los meses de marzo y abril del año 2026 se les concederá una reducción del 5.0% A los contribuyentes que efectúen su pago en los términos de los incisos anteriores, no causarán los recargos que se hubieren generado en ese periodo. 19 En los casos que el contribuyente del impuesto predial acredite el derecho a más de un beneficio, sólo se le otorgará el de mayor cuantía.
Artículo 20
Ley de Ingresos del Municipio de Autlán de Navarro, Jalisco para el ejercicio fiscal 2026· Título Segundo. 15 IMPUESTOS › Capítulo Segundo. IMPUESTOS SOBRE EL PATRIMONIO
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Cita a: ningún otro artículo de esta norma.
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