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Artículo 29

Ley de Ingresos del Estado de Jalisco· Título Tercero. Derechos › Capítulo II. De Otros Derechos. › Sección Única. De los Servicios Diversos.

Por otros servicios diversos, se causarán derechos de conformidad con los siguientes supuestos y tarifas:

I. Servicio telefónico rural:

Por cada conferencia, se cobrarán los derechos, quedando incluida la tarifa autorizada por la Secretaría de Comunicaciones y Transportes: a) En conferencia de entrada, por cada minuto o $10.00 fracción de comunicación: b) En conferencia de salida, por cada minuto o fracción $11.00 de comunicación: 57 Por cada minuto que exceda de entrada y salida: $9.00 II. Radiogramas a) En servicio ordinario, hasta por 15 (quince) palabras $16.00 Por cada palabra que exceda: $9.00 b) En servicio urgente, hasta por 15 (quince) palabras: $22.00 Por cada palabra que exceda: $10.00 c) En conferencia por radiograma, por los primeros 3 $33.00 (tres) minutos:

Por cada minuto que exceda: $13.00 III. Por el pago de los derechos por registro y autorización, o su revalidación anual de prestadores $26,446.00 de servicios privados de seguridad:

IV. Por la consulta de antecedentes policiales en el Registro Nacional de Personas de Seguridad Pública, $67.00 respecto del personal de empresas dedicadas a los servicios de seguridad privada, por cada consulta:

V. Por el servicio de clasificación de carne de bovino en canal, en el Estado de Jalisco: a) Por canal de ganado mayor en los rastros donde $26.00 opere el sistema de clasificación: b) Por canal de ganado menor en los rastros donde $10.00 opere el sistema de clasificación: c) Por canal de pequeñas especies en los rastros $6.00 donde opere el sistema de clasificación:

VI. Por los servicios que preste la dependencia competente en materia de obras públicas, relativos a las vías de jurisdicción estatal: 58 a) Expedición de cédula por inscripción y refrendo del registro de personas físicas o jurídicas inscritas en el $299.00 padrón de contratistas en el estado: b) Dictamen para la construcción de accesos o entronques que afecten el derecho de vía de 3% jurisdicción estatal, incluyendo la supervisión de obra, sobre el costo total de la misma, el: c) Dictamen para la construcción de cruces subterráneos que afecten el derecho de vía de $10,884.00 jurisdicción estatal, por cada cruce: d) Dictamen para la construcción de cruces aéreos con postes que afecten el derecho de vía de $10,884.00 jurisdicción estatal, por cada cruce: e) Dictamen para instalaciones marginales subterráneas que afecten el derecho de vía $10,884.00 jurisdicción estatal: f) Dictamen para líneas áreas marginales que afecten el derecho de vía de jurisdicción estatal, por kilómetro $2,042.00 o fracción: g) Dictamen para adosamientos sobre muros de obras de drenaje que afecten el derecho de vía de $10,884.00 jurisdicción estatal, por cada adosamiento: h) Por el dictamen de autorización para instalación de anuncios publicitarios que afecten el derecho de $15,161.00 vía de jurisdicción estatal:

VII. Por contestación de información sobre la existencia o inexistencia de disposición testamentaria $311.00 que expida la Procuraduría Social:

VIII. Por la recepción de avisos notariales de $630.00 testamentos ante la Procuraduría Social:

Del 01 de septiembre al 10 de octubre del presente ejercicio fiscal, 59 se exentará del pago de derechos a las personas o los notarios que presenten el aviso correspondiente ante la Procuraduría Social, siempre y cuando los testamentos cumplan con los requisitos establecidos en la Ley y el procedimiento previsto en la campaña de “Septiembre mes de testamento” IX. Pago por prestación del servicio de vigilancia o de escolta, quienes lo soliciten, por elemento y por turno de 8 (ocho) horas diario, el equivalente de (seis) veces el valor de la unidad de medida de actualización.

X. Por el registro o su refrendo anual, del personal de consumo interno dedicado a actividades vinculadas a la seguridad privada sin fines de lucro, en organismos e instituciones de servicios financieros o análogos, $12,838.00 áreas urbanas como colonias, fraccionamientos y zonas residenciales; así como en industrias, establecimientos fabriles o comerciales:

XI. Por el registro o su refrendo anual, de los particulares que se dediquen a la compraventa y $12,838.00 fabricación de cualquier tipo de equipo y artículo de seguridad:

XII. Por los servicios prestados por la Secretaria de Seguridad a las empresas de Seguridad Privada y en el sector público en materia de Formación y Capacitación, se causarán derechos de acuerdo con las tarifas siguientes: 1. Las capacitaciones impartidas por la Academia de la Secretaria de Seguridad al interior de sus instalaciones, en razón de un elemento capacitado: a) Constancias oficiales de acreditación al Curso de Formación en Seguridad Privada, nivel básico, $5,346.00 intermedio y avanzado: b) Constancia de acreditación del Curso de $3,129.00 Formación Equivalente: c) Constancia de acreditación del Curso de $8,380.00 Formación de Capacitadores: 2. Las capacitaciones impartidas por capacitadores internos o 60 externos certificados por la Academia de la Secretaria de Seguridad al exterior de sus instalaciones, en razón de un elemento capacitado: a) Constancia oficial de acreditación al Curso de Formación en Seguridad Privada nivel básico, $481.00 intermedio y avanzado: b) Constancia de acreditación del Curso de Formación $168.00 equivalente: 3. Certificaciones de Capacitadores: a) Certificación de capacitadores internos y externos: $1,117.00 4. Expedición de certificaciones, constancias y otros: a) Certificado para empresas capacitadores externas $559.00 b) Reposición de certificados y constancias: $168.00 c) Constancia de Revisión, Aprobación, y validación de planes y programas de estudio, de adiestramiento o $168.00 capacitación continua: d) Evaluación de opinión favorable para los jefes de $3,743.00 operación y seguridad: 5. Servicios de profesionalización en Seguridad Pública: a) Curso de Formación Inicial para aspirante a $46,200.00 policía de proximidad: b) Curso de Formación Equivalente para policía de $27,000.00 proximidad: c) Aplicación de evaluaciones de las competencias $1,100.00 básicas de la Función Policial (Seguridad Pública): d) Curso de Formación Inicial para aspirante a $35,200.00 Policía Custodio Penitenciario: 61 e) Aplicación de evaluaciones de las competencias básicas de la Función Policial (Sistema $1,100.00 Penitenciario):

XIII. Por otros servicios en materia de Riesgos Sanitarios, otorgados por conducto de la Comisión para la Protección contra Riesgos Sanitarios de Jalisco: a) Opinión favorable para establecimientos de $1,117.00 prevención y atención de adicciones: b) Opinión para la operación de centros de atención $894.00 infantil: c) Opinión favorable para cementerio o crematorio: $1,117.00 d) Por cada uno de los avisos de funcionamiento de salubridad local, para los siguientes giros: 1. Mercados y centros de abasto: $559.00 2. Cementerios, crematorios, funerarias y criptas: $559.00 3. Reclusorios: $559.00 4. Albercas, baños y sanitarios públicos: $559.00 5. Centros de reunión y espectáculos: $559.00 6. Centros de hospedaje: $559.00 e) Por el otorgamiento de pláticas de orientación para $279.00 manejadores de alimentos: f) Por cada visita de verificación solicitada por giro o $894.00 negocio: g) Solicitud de exhumación: $802.00 XIV. Por otros servicios prestados por la Secretaría de Medio Ambiente y Desarrollo Territorial, se causarán derechos de acuerdo 62 con las tarifas siguientes: a) Por el servicio de evaluación de congruencia territorial de planes parciales de desarrollo urbano a que se refiere el Código Urbano para el Estado de Jalisco artículo 83, en el caso de proyectos de $35,000.00 planificación promovidos desde el sector privado mencionados en los artículos 234, 251 y 252, se pagarán los derechos por un monto de:

Se exceptúa de pago a los proyectos de planificación territorial promovidos por las agencias o entidades públicas del Estado Mexicano. b) Por los servicios de revisión y dictaminación de solicitudes de opinión técnica en materia de $5,000.00 ordenamientos territoriales aplicables a un terreno:

Se exceptúa de pago a las solicitudes de opinión técnica promovidas por las agencias o entidades públicas del Estado Mexicano.

Conexiones dentro de la misma norma

Cita a: ningún otro artículo de esta norma.

Lo citan: ningún otro artículo de esta norma.