Capítulo IVPiso
Ley de Hacienda Municipal del Estado de Jalisco · arts. 188 a 191
Artículos
- Art. 188Pagarán productos por este concepto las personas que hagan uso con fines especulativos de plazas, portales, calles y demás…
- Art. 189Los productos a que se refiere este capítulo se cobrarán por metro cuadrado, lineal o fracción, según lo determine la ley de…
- Art. 190El pago de los productos señalados en este capítulo, se hará por adelantado. 41
- Art. 191Los recibos que deba expedir la Tesorería o Hacienda Municipal y los boletos para el cobro de productos, por uso de piso, deberán…