Los sujetos responsables objetivos y responsables solidarios, en los casos que establezcan las disposiciones fiscales, tendrán obligación de presentar declaraciones, manifestaciones o avisos, en las formas que al efecto apruebe la Tesorería o Hacienda Municipal, y de proporcionar los datos e informes que en dichas formas se requieran.
Las declaraciones, manifestaciones o avisos, salvo disposición en contrario, se presentarán en las Oficinas Fiscales respectivas; en todos los casos, se devolverá al interesado una copia sellada.
Cuando las disposiciones fiscales no señalen plazo para la presentación de las declaraciones, manifestaciones o avisos, se tendrá por establecido el de quince días, siguientes a la realización del hecho de que se trate.
Art- 39. Las declaraciones, manifestaciones o avisos, deberán ser firmados por el sujeto pasivo, o por sus representantes legales, quienes asumirán las responsabilidades que puedan derivarse de la falsedad o inexactitud de dichas declaraciones, manifestaciones o avisos.