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Artículo 38

Ley de Hacienda Municipal del Estado de Jalisco· Libro Primero. DISPOSICIONES PRELIMINARES › Título Unico › Capítulo III. De los Sujetos, sus Derechos y Obligaciones

Los sujetos responsables objetivos y responsables solidarios, en los casos que establezcan las disposiciones fiscales, tendrán obligación de presentar declaraciones, manifestaciones o avisos, en las formas que al efecto apruebe la Tesorería o Hacienda Municipal, y de proporcionar los datos e informes que en dichas formas se requieran.

Las declaraciones, manifestaciones o avisos, salvo disposición en contrario, se presentarán en las Oficinas Fiscales respectivas; en todos los casos, se devolverá al interesado una copia sellada.

Cuando las disposiciones fiscales no señalen plazo para la presentación de las declaraciones, manifestaciones o avisos, se tendrá por establecido el de quince días, siguientes a la realización del hecho de que se trate.

Art- 39. Las declaraciones, manifestaciones o avisos, deberán ser firmados por el sujeto pasivo, o por sus representantes legales, quienes asumirán las responsabilidades que puedan derivarse de la falsedad o inexactitud de dichas declaraciones, manifestaciones o avisos.

Conexiones dentro de la misma norma

Cita a: ningún otro artículo de esta norma.

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