Buscar y guardar expedientes es gratis y no necesita cuenta. Los avisos por correo sí.

Artículo 40

Ley de Hacienda Municipal del Estado de Jalisco· Libro Primero. DISPOSICIONES PRELIMINARES › Título Unico › Capítulo III. De los Sujetos, sus Derechos y Obligaciones

En los casos de cambio de nombre, denominación o razón social, domicilio o actividad, aumento o disminución de capital social, traspaso de la negociación y clausura de las actividades, los contribuyentes deberán dar aviso a la Tesorería Municipal, en las formas aprobadas consignando todos los datos que las mismas requieran, dentro de los quince días siguientes a la fecha en que hubiese ocurrido cualquiera de tales hechos.

Conexiones dentro de la misma norma

Cita a: ningún otro artículo de esta norma.

Lo citan: ningún otro artículo de esta norma.