Las instancias o peticiones que formulen a las autoridades fiscales deberán ser resueltas en los términos que la ley fije o, a falta de término establecido, dentro del plazo de 3 meses. El silencio de las autoridades fiscales se considerará como resolución negativa, cuando no den respuesta en el término que corresponda.
Artículo 35
Ley de Hacienda Municipal del Estado de Jalisco· Libro Primero. DISPOSICIONES PRELIMINARES › Título Unico › Capítulo III. De los Sujetos, sus Derechos y Obligaciones
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Cita a: ningún otro artículo de esta norma.
Lo citan: 223