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Artículo 35

Ley de Hacienda Municipal del Estado de Jalisco· Libro Primero. DISPOSICIONES PRELIMINARES › Título Unico › Capítulo III. De los Sujetos, sus Derechos y Obligaciones

Las instancias o peticiones que formulen a las autoridades fiscales deberán ser resueltas en los términos que la ley fije o, a falta de término establecido, dentro del plazo de 3 meses. El silencio de las autoridades fiscales se considerará como resolución negativa, cuando no den respuesta en el término que corresponda.

Conexiones dentro de la misma norma

Cita a: ningún otro artículo de esta norma.

Lo citan: 223