La manifestación que haga el interesado, o su representante legal, de conocer un acuerdo o resolución, surtirá efectos de notificación en forma, desde la fecha en que manifieste haber tenido tal conocimiento, si ésta es anterior a la que debiera surtir sus efectos, de acuerdo con el artículo que precede.
Artículo 248
Ley de Hacienda Municipal del Estado de Jalisco· Libro Quinto. De los Procedimientos y Recursos › Título Primero. De Los Procedimientos › Capítulo I. Disposiciones Generales
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