Capítulo ÚnicoDe los Derechos
Ley de Hacienda del Estado de Jalisco · arts. 68 a 72
Artículos
- Art. 68Los derechos por la prestación de servicios públicos a cargo de las diversas dependencias del Gobierno del Estado, se causarán en…
- Art. 69A falta de disposición expresa, el importe de los derechos que resulten de acuerdo con las tasas o cuotas que señalen la Ley de…
- Art. 70Para el pago de los derechos que a continuación se enuncian se observará lo siguiente: I. Tratándose de canje período general de…
- Art. 71La dependencia o servidor público que preste el servicio por el cual se paguen los derechos, procederá a la realización del…
- Art. 72El servidor público que preste algún servicio por el que se genere el pago de un derecho en contravención a lo dispuesto en los…