Buscar y guardar expedientes es gratis y no necesita cuenta. Los avisos por correo sí.

Artículo 72

Ley de Hacienda del Estado de Jalisco· Título Tercero. Derechos › Capítulo Único. De los Derechos

El servidor público que preste algún servicio por el que se genere el pago de un derecho en contravención a lo dispuesto en los artículos anteriores, será solidariamente responsable de su pago, sin perjuicio de las sanciones que procedan y destitución de su cargo, sin responsabilidad para el Estado.

Conexiones dentro de la misma norma

Cita a: ningún otro artículo de esta norma.

Lo citan: ningún otro artículo de esta norma.