1. El procedimiento de revisión del informe general en el Congreso del Estado se sujetará a lo siguiente:
I. Una vez recibido por el Congreso, se turnará a la Comisión;
II. La Comisión lo analizará y emitirá un dictamen de acuerdo legislativo en el que se pronunciará a manera de conclusiones, sobre el trabajo realizado por la Auditoría Superior respecto al ejercicio de sus atribuciones, dentro de los noventa días naturales siguientes a que se le turne;
III. La Comisión podrá citar a comparecer al Auditor Superior para analizar el resultado de la revisión de la 28 cuenta pública, previo a la emisión de su dictamen; y IV. La Asamblea discutirá y votará el acuerdo legislativo, en que se pronuncia sobre el Informe General, y una vez aprobado dicho acuerdo, ordenará su publicación en el Periódico Oficial “El Estado de Jalisco”.