Si el interesado se rehusare a recibir el precio señalado por los establecimientos hacendarios, se hará la consignación judicial.
Artículo 12
Ley de Expropiación de bienes Muebles e Inmuebles de Propiedad Privada
Conexiones dentro de la misma norma
Cita a: ningún otro artículo de esta norma.
Lo citan: 25