Buscar y guardar expedientes es gratis y no necesita cuenta. Los avisos por correo sí.

Artículo 40

Ley de Entidades Paraestatales del Estado de Jalisco· Capítulo IV. De los Fideicomisos Públicos › Sección Segunda. De los Comités Técnicos de los Fideicomisos

1. Los subcomités tendrán las siguientes atribuciones:

I. Fungirán como órganos de consulta para dar sustento a las decisiones del Comité Técnico;

II. Propondrán al Comité Técnico las obras y acciones prioritarias a realizar;

III. Elaborarán y formalizarán la minuta de trabajo que derive de las sesiones que se lleven a cabo; y IV. Las demás que indique el Comité Técnico para la consecución de los fines del fideicomiso.

Conexiones dentro de la misma norma

Cita a: ningún otro artículo de esta norma.

Lo citan: ningún otro artículo de esta norma.