1. El Sistema Estatal de Educación Superior se integra por los subsistemas universitario, tecnológico y de escuelas normales y formación docente, en sus diferentes modalidades, a fin de garantizar una oferta educativa con capacidad de atender las necesidades nacionales, regionales, estatales y locales, además de las prioridades específicas de formación de profesionistas, investigadoras e investigadores para el desarrollo sostenible del Estado. 2. Las acciones que se realicen para el cumplimiento de los objetivos de los subsistemas a los que se refiere este Capítulo contribuirán al fortalecimiento del Sistema Educativo Nacional y del Sistema Educativo Estatal al logro de los principios, fines y criterios de la educación establecidos en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Además, estarán orientadas al desarrollo humano integral del estudiante conforme a lo dispuesto en la presente Ley.
Artículo 30
Ley de Educación Superior del Estado de Jalisco· Título Tercero › Capítulo III
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