Capítulo IVDe la formación docente
Ley de Educación del Estado Libre y Soberano de Jalisco · arts. 100 a 102
Artículos
- Art. 100Las personas egresadas de las instituciones formadoras de docencia del estado de Jalisco contarán con el conocimiento de diversos…
- Art. 101La autoridad educativa estatal fortalecerá a las instituciones públicas de formación docente, para lo cual, tendrá a su cargo…
- Art. 102La autoridad educativa estatal emitirá los lineamientos para proporcionar la formación inicial en el estado de Jalisco los cuales…