El acoso escolar se puede presentar de las siguientes formas:
I. Físico directo: toda acción intencional que causa un daño corporal como, empujones, golpes o lesiones;
II. Físico indirecto: toda acción que ocasiona un menoscabo, daño parcial o total en las pertenencias de los estudiantes; 33 III. Verbal: acciones violentas realizadas por un estudiante en contra de otro, de manera pública o privada que se manifiestan a través del uso del lenguaje, como los insultos, menosprecio o humillaciones;
IV. Psicológico: acción dirigida a desvalorar, intimidar o controlar las acciones, comportamientos y decisiones de la víctima. Consistente en prohibiciones, coacciones, persecución, condicionamientos, sometimiento, manipulación, amenaza, indiferencia, chantaje, humillaciones, comparaciones destructivas, abandono o actitudes devaluatorias, incluidas las gesticulaciones y obscenidades mediante señas, miradas o expresiones corporales;
V. Exclusión social: el estudiante víctima es notoriamente excluido y aislado de la convivencia escolar;
VI. Sexual: podrá manifestarse mediante comentarios de índole sexual, ya sea de forma verbal o escrita, miradas o señas que denoten obscenidad, tocamientos, hostigamiento, acoso o abuso de orden sexual. El uso denigrante de la imagen de los estudiantes que pongan en riesgo o lesionen la libertad, seguridad, integridad y su desarrollo psicosexual; y VII. Cibernético: se puede presentar mediante el uso de cualquier medio electrónico con acceso a internet, páginas web, redes sociales, blogs, correo electrónico, mensajes de teléfono celular, mensajes de texto o videograbaciones enviados por cualquier medio o aplicación tecnológica.
Condiciones de existencia de acoso y/o violencia escolar