Buscar y guardar expedientes es gratis y no necesita cuenta. Los avisos por correo sí.

Artículo 15

Ley de Desarrollo Social para el Estado de Jalisco· Título Tercero. DE LAS AUTORIDADES RESPONSABLES › Capítulo I. De las atribuciones del Gobierno del Estado

Corresponde a los Municipios en el ámbito de su competencia, las siguientes atribuciones:

I. Participar en el Sistema Nacional de Desarrollo Social, en los términos que señala la Ley General de Desarrollo Social;

II. Participar y ser parte de la Comisión en los términos que señala la presente ley;

III. Coordinarse, con los Gobiernos Federal y Estatal, para la ejecución de los programas de desarrollo social;

IV. Coordinar acciones de desarrollo social con Municipios de su propia entidad federativa;

V. Coordinar acciones de desarrollo social con Municipios de otras entidades federativas, con la aprobación de las legislaturas correspondientes;

VI. Formular y ejecutar el programa municipal de desarrollo social que deberá estar en armonía con los de los Gobiernos Federal y Estatal y ser parte del Plan Municipal de Desarrollo;

VII. Ejercer fondos y recursos federales y estatales descentralizados o convenidos en materia de desarrollo social, en los términos de las leyes correspondientes; así como informar a las dependencias correspondientes sobre el avance y los resultados generados con los mismos;

VIII. Concertar acciones con los sectores social y privado en materia de desarrollo social;

IX. Establecer mecanismos para incluir la participación social organizada en los programas y acciones de desarrollo social;

X. Informar a la sociedad sobre las acciones en torno al desarrollo social y hacer públicos y difundir los programas de desarrollo social;

XI. Incluir anualmente en el Proyecto de Presupuesto de Egresos del Municipio, los recursos necesarios para la ejecución y cumplimiento de las metas y objetivos del Programa Municipal de Desarrollo Social;

XII. Impulsar prioritariamente la prestación de servicios públicos en las comunidades más necesitadas; y XIII. Las que le señale esta Ley y las demás disposiciones aplicables.

Conexiones dentro de la misma norma

Cita a: ningún otro artículo de esta norma.

Lo citan: ningún otro artículo de esta norma.