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Artículo 26

Ley de Desarrollo Rural Sustentable del Estado de Jalisco· Título Tercero. Distribución de Competencias y Coordinación › Capítulo III. De la Comisión Intersecretarial del Estado de Jalisco para el Desarrollo Rural Sustentable

La Comisión Intersecretarial a través de su presidente, podrá convocar a reuniones a otras dependencias y entidades del poder público estatal, con el objeto de participar en los asuntos de su competencia relacionados con el desarrollo rural sustentable en el Estado.

Conexiones dentro de la misma norma

Cita a: ningún otro artículo de esta norma.

Lo citan: ningún otro artículo de esta norma.