Buscar y guardar expedientes es gratis y no necesita cuenta. Los avisos por correo sí.

Artículo 25

Ley de Desarrollo Rural Sustentable del Estado de Jalisco· Título Tercero. Distribución de Competencias y Coordinación › Capítulo III. De la Comisión Intersecretarial del Estado de Jalisco para el Desarrollo Rural Sustentable

La Comisión Intersecretarial estará integrada por los titulares de las siguientes dependencias del Gobierno del Estado:

I. Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural;

II. Secretaría General de Gobierno;

III. Secretaría de Medio Ambiente y Desarrollo Territorial;

IV. Secretaría de la Hacienda Pública;

V. Secretaría de Administración;

VI. Secretaría de Planeación y Participación Ciudadana;

VII. Secretaría del Sistema de Asistencia Social;

VIII. Secretaría del Trabajo y Previsión Social;

IX. Secretaria de Salud;

X. Secretaria de Educación;

XI. Secretaría de Desarrollo Económico;

XII. Secretaría de Igualdad Sustantiva entre Mujeres y Hombres;

XIII. El Director de la Unidad Estatal de Protección Civil y Bomberos; y XIV. Los demás organismos y dependencias estatales y federales que se consideren necesarias.

El titular de la Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural presidirá la comisión.

Cada uno de los integrantes de la Comisión Intersecretarial, nombrará un representante suplente, que será el funcionario que tenga mayor relación con actividades y aspectos del desarrollo rural.

Conexiones dentro de la misma norma

Cita a: ningún otro artículo de esta norma.

Lo citan: ningún otro artículo de esta norma.