La Secretaría colaborará con la administración pública federal y promoverá la participación de los interesados, en la elaboración del padrón único de organizaciones y sujetos beneficiarios del sector rural, mediante identificación oficial, en su caso, para las personas jurídicas, con la clave del Registro Federal de Contribuyentes.
Este padrón deberá actualizarse cada año y será necesario estar inscrito en él para la operación de los programas e instrumentos de fomento que establece esta Ley.