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Artículo 26

Ley de Cultura Física y Deporte del Estado de Jalisco· Capítulo III. Del Consejo Estatal para el Fomento Deportivo › Sección Segunda. Del Consejo Directivo

Serán atribuciones del Consejo Directivo del Code Jalisco, las que a continuación se enuncian:

I. Aprobar la aplicación de los recursos para el cumplimiento de los objetivos, en conocimiento del programa estatal;

II. Promover la asignación de recursos económicos que propicien el incremento de la cobertura de personas favorecidas por los programas del sistema estatal, a través de la ampliación de diversas fuentes de financiamiento públicas y privadas;

III. Examinar y en su caso aprobar la cuenta anual del Code Jalisco;

IV. Aprobar el reglamento interno del Code Jalisco;

V. Facultar al Director General para otorgar y revocar poderes generales;

VI. Aprobar el anteproyecto de presupuesto anual para ser sometido al Secretario de Educación del Estado de Jalisco para su aprobación;

VII. Aprobar los planes y programas del organismo, y VIII. Las demás que otorguen otras leyes, reglamentos o acuerdos.

Conexiones dentro de la misma norma

Cita a: ningún otro artículo de esta norma.

Lo citan: ningún otro artículo de esta norma.