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Artículo 97

Ley de Catastro Municipal del Estado de Jalisco· Capítulo IX. De los medios de defensa

En el escrito por el que se interponga la rectificación, se deberá indicar:

I. El nombre y domicilio del contribuyente y, en su caso, de quien promueva en su nombre. Si fueren varios los recurrentes, el nombre y domicilio del representante común;

II. El interés específico que le asiste;

III. La autoridad que dictó el acto impugnado o hizo la notificación;

IV. La fecha en que, bajo protesta de decir verdad, manifieste el contribuyente que tuvo conocimiento del acto, resolución u omisión que se impugna;

V. La mención precisa del acto de autoridad que motive la interposición de la rectificación; 23 VI. Los conceptos de violación o, en su caso, las objeciones a la resolución, acto u omisión que se reclame;

VII. Las pruebas que ofrezca, y VIII. El lugar y fecha de la promoción.

Conexiones dentro de la misma norma

Cita a: ningún otro artículo de esta norma.

Lo citan: ningún otro artículo de esta norma.