Buscar y guardar expedientes es gratis y no necesita cuenta. Los avisos por correo sí.

Artículo 46

Ley de Catastro Municipal del Estado de Jalisco· Capítulo V. De las urbanizaciones

El reglamento respectivo determinará los medios y la forma en que se proporcionará la documentación anterior, para facilitar la integración de la información a los registros catastrales.

Para los catastros municipales que cuenten con sistemas de cómputo, los planos se entregarán también en los formatos y características que al efecto proponga el Instituto.

Conexiones dentro de la misma norma

Cita a: ningún otro artículo de esta norma.

Lo citan: ningún otro artículo de esta norma.