Capítulo VDel Sistema Estatal de Bibliotecas
Ley de Bibliotecas del Estado de Jalisco · arts. 29 a 32
Artículos
- Art. 29Se declara de interés social la integración de un Sistema Estatal de Bibliotecas, compuesto por todas aquellas bibliotecas…
- Art. 30El Sistema Estatal de Bibliotecas será coordinado por el Secretario de Cultura, quien deberá tomar en cuenta las propuestas que…
- Art. 31El Sistema Estatal de Bibliotecas tendrá como propósito conjuntar los esfuerzos estatales para lograr la coordinación dentro del…
- Art. 32Las bibliotecas cuyas características sean diferentes a las de las bibliotecas públicas señaladas en esta ley, podrán ser…