Capítulo INaturaleza y Objeto
Ley de Atención a Víctimas del Estado de Jalisco · arts. 57 a 59
Artículos
- Art. 57El Sistema Estatal de Atención a Víctimas será la instancia superior de coordinación y formulación de políticas públicas en el…
- Art. 58El Gobierno Estatal y los Municipios, en el ámbito de sus respectivas competencias, así como los sectores social y privado…
- Art. 59Para el cumplimiento de su objeto, el Sistema Estatal tendrá las siguientes atribuciones: I. Promover la coordinación y…