Se crea la Comisión Ejecutiva Estatal de Atención a Víctimas del Estado de Jalisco, la cual será el órgano operativo del Sistema Estatal de Atención a Víctimas. La Comisión Ejecutiva Estatal tendrá por objetivo coordinar los instrumentos, políticas, servicios y acciones para garantizar los derechos de las víctimas en el Estado de Jalisco.
La Comisión Ejecutiva Estatal de Atención a Víctimas contará con un Secretario Técnico quien fungirá como secretario de actas y acuerdos de la Comisión Ejecutiva Estatal.
La Comisión Ejecutiva Estatal se integrará por los representantes de las siguientes instituciones y organismos de la sociedad civil:
I. Secretaría General de Gobierno;
II. Secretaría de Planeación y Participación Ciudadana;
III. Secretaría del Sistema de Asistencia Social;
IV. Secretaría de Salud; y V. Tres ciudadanos propuestos por el Ejecutivo estatal al Congreso del Estado.
Por cada representante de las dependencias públicas se deberá designar a su respectivo suplente El carácter de miembro de la Comisión Ejecutiva Estatal será honorífico, es decir por el desempeño de esa función no se percibirá remuneración alguna.
El representante de la Secretaría General de Gobierno presidirá la Comisión.
Para la designación de los ciudadanos, el Gobernador del Estado enviará al Congreso tres ternas, de entre las cuales, el Pleno, por mayoría de dos terceras partes, elegirá a los tres ciudadanos que representarán a la sociedad civil en la Comisión Ejecutiva Estatal durante cuatro años.
En caso de renuncia o falta definitiva de un ciudadano, corresponderá al Gobernador del Estado proponer la terna al Congreso del Estado, el cual hará una nueva designación del representante de la sociedad civil por un periodo de cuatro años.