La restauración de documentos se realizará estrictamente cuando sea necesario y será responsabilidad de los titulares de los archivos históricos y generales, quienes deberán encomendar esta labor al personal especializado en dicha materia.
Artículo 69
Ley de Archivos del Estado de Jalisco y sus Municipios· Título Cuarto. De la Valoración, Conservación y Restauración de los Archivos 15 › Capítulo III. De la Restauración de Documentos
Conexiones dentro de la misma norma
Cita a: ningún otro artículo de esta norma.
Lo citan: ningún otro artículo de esta norma.