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Artículo 99

Ley Agroalimentaria del Estado de Jalisco· Título Quinto. De la Prevención, Control y Erradicación de Riesgos a la Sanidad e Inocuidad Agroalimentaria › Capítulo IV. De las Estrategias, Programas y Acciones para el Control y la Erradicación › Sección Tercera. De los Controles del Movimiento de Mercancía Regulada en el Territorio Estatal

El control de la movilización de mercancías reguladas y de riesgo determinado por la Agencia, de conformidad con el convenio de coordinación que celebre con la federación, es la herramienta a través de la cual se hace eficaz el avance fitozoosanitario en una zona, región o municipio; permitiendo al Estado de Jalisco generar información estadística y promover la facilitación comercial entre entidades federativas, sin poner en riesgo la condición alcanzada por uno y los procesos de control y erradicación de otros.

Conexiones dentro de la misma norma

Cita a: ningún otro artículo de esta norma.

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