En las disposiciones que la Agencia emita para la implementación del Sistema Estatal de Trazabilidad se establecerán los datos e información que los sectores productivos y de procesamiento deberán aportar al sistema, así como los mecanismos de facilitación para que cumplan con dicha obligación.
El Sistema Estatal de Trazabilidad se desarrollará paso a paso y en tiempo real y se basará, por lo menos, en la siguiente información: 34 I. El origen;
II. La procedencia;
III. El destino;
IV. El número de identificación del establecimiento o unidad de producción;
V. La fecha de producción o sacrificio, la fecha de empaque, proceso o elaboración, caducidad o fecha de consumo preferente, la fecha de la movilización, importación, tránsito o exportación, ruta de movilización; y VI. La identificación individual o en grupo de acuerdo a la especie de la mercancía.