Como parte de los procesos y procedimientos para hacer efectivos los acuerdos internacionales de los que México es parte, el Estado de Jalisco podrá participar, mediante los protocolos que para tal efecto se acuerden, en las auditorías y evaluaciones técnicas a cargo de organismos internacionales o terceros países, con el único fin de evaluar los elementos con que el sector del Estado postula su participación en el comercio exterior. En ningún caso se permitirá la intromisión del personal comisionado extranjero, en asuntos distintos a lo previsto en este artículo.
Artículo 140
Ley Agroalimentaria del Estado de Jalisco· Título Sexto. De la Coordinación Internacional › Capítulo IV. De las Auditorías y Evaluaciones Técnicas Internacionales
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