Buscar y guardar expedientes es gratis y no necesita cuenta. Los avisos por correo sí.

Artículo 140

Ley Agroalimentaria del Estado de Jalisco· Título Sexto. De la Coordinación Internacional › Capítulo IV. De las Auditorías y Evaluaciones Técnicas Internacionales

Como parte de los procesos y procedimientos para hacer efectivos los acuerdos internacionales de los que México es parte, el Estado de Jalisco podrá participar, mediante los protocolos que para tal efecto se acuerden, en las auditorías y evaluaciones técnicas a cargo de organismos internacionales o terceros países, con el único fin de evaluar los elementos con que el sector del Estado postula su participación en el comercio exterior. En ningún caso se permitirá la intromisión del personal comisionado extranjero, en asuntos distintos a lo previsto en este artículo.

Conexiones dentro de la misma norma

Cita a: ningún otro artículo de esta norma.

Lo citan: ningún otro artículo de esta norma.