Capítulo IIIDel Año Escolar y del Plan General de Educación Primaria
Educación Primaria y Especial del Estado (Educación, abrogada) · arts. 20 a 32
Artículos
- Art. 20El año escolar comprenderá diez meses efectivos de trabajo y dos de vacaciones generales en todas las escuelas primarias.
- Art. 21Los trabajos escolares principiarán el día 1º. de agosto de cada año y terminarán el 31 de mayo. Las vacaciones generales…
- Art. 22Todos los maestros deberán presentarse el día 1º. de agosto a sus respectivas escuelas, si antes de esa fecha no hubieren…
- Art. 23El mismo día 1º. de agosto los directores de las escuelas darán aviso a la Dirección General y a los Presidentes Municipales de…
- Art. 24La primera autoridad política del lugar, en representación de la Dirección General, entregará a los directores locales, muebles y…
- Art. 25La inscripción de alumnos, su clasificación y la organización de las secciones que, según la categoría de la escuela deba…
- Art. 26Se prohibe a los directores de las escuelas primarias matricular niños menores de seis años. Sólo en caso de que sean autorizados…
- Art. 27Además de las vacaciones generales, habrá dos períodos de vacaciones que se denominarán de invierno y de primavera: su duración…
- Art. 28En los días hábiles de la última decena de los meses de septiembre, noviembre, enero y marzo y en los de la segunda quincena de…
- Art. 29El Plan General de Educación que se desarrollará en las escuelas primarias abarcará las siguientes actividades: Educación Social…
- Art. 30El primer ciclo de Educación Primaria comprenderá las siguientes asignaturas: Lengua Nacional (Lectura, Escritura, Declamación…
- Art. 31El segundo y tercer ciclos de Educación Primaria comprenderán las siguientes asignaturas: Lengua Nacional (Lectura, Declamación…
- Art. 32El programa detallado para el desarrollo de cada una de las asignaturas correspondientes a los tres ciclos que comprende la…