Además de las vacaciones generales, habrá dos períodos de vacaciones que se denominarán de invierno y de primavera: su duración será de diez días comprendidos en las fechas que indique la Dirección General de acuerdo con el Consejo de Educación. Fuera de los periodos de vacaciones, las clases se suspenderán en los días: 15 y 16 de septiembre, 12 y 27 de octubre, 11 y 20 de noviembre, 1º. y 28 de enero, 5 y 22 de febrero, 1º., 5 y 15 de mayo, y los sábados y domingos de cada semana, pues la semana escolar será de cinco días contados de lunes a viernes.
Artículo 27
Educación Primaria y Especial del Estado (Educación, abrogada)· Título Primero. DISPOSICIONES GENERALESÇ › Capítulo III. Del Año Escolar y del Plan General de Educación Primaria
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