La asistencia a las Conferencias de Maestros es obligatoria para los directores y profesores de las escuelas oficiales. Las faltas injustificada se castigarán con una multa de de tres días de haber por cada día que se dejare de asistir a reserva de lo que disponga el Ejecutivo, a quien se dará conocimiento de dichas faltas.
Las autoridades políticas de los lugares donde residan los faltistas, previo aviso del presidente, hará efectivas las multas de que se trata.