Las conferencias de Maestros de que habla el artículo 70 de la ley de Instrucción, durarán tres días y se verificarán en el mes de noviembre, en la fecha que señalen los inspectores de zona, con aprobación del Ejecutivo. Dichos inspectores convocarán a las conferencias con un mes de anticipación cuando menos.
Artículo 163
Disposiciones de la Instrucción Publica (Educación, abrogada)· Título Segundo. De la Instrucción Primaria › Capítulo XIX. Academias Pedagógicas.- Conferencias de Maestros.-Conferencias de Inspectores Escolares
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