El Ejecutivo formara la lista de los útiles de enseñanza que son indispensables para cada categoría de escuelas y cuidará de que todos los planteles estén provistos de ellos, hasta donde las circunstancias del Erario lo permitan.
Artículo 127
Disposiciones de la Instrucción Publica (Educación, abrogada)· Título Segundo. De la Instrucción Primaria › Capítulo XIV. De los Edificios para Escuelas, del Mobiliario y de los Útiles de Enseñaza
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