Son atribuciones del Director:
I. Conceder licencia a los profesores y empleados para que se separen de sus cargos, con motivo justificado, hasta por ocho días, llamando al adjunto si se trata de un profesor, o nombrando sustituto si se trata de un empleado y cuidar de que se le abone al reemplazante el sueldo que le corresponda;
II. Pedir a los profesores y empleados informe verbal o escrito sobre los sucesos que ocurran en el plantel;
III. Nombrar en comisión a profesores, empleados y alumnos para que visiten a los profesores y empleados enfermos, así como para que concurran a las inhumaciones de los cadáveres de los profesores que fallecieren;
IV. Indicar a la Dirección de Instrucción las obras materiales que estime convenientes para la conservación o mejora del Establecimiento;
V. Ministrar los informes sobre conducta y aprovechamiento de los alumnos a los padres o encargados de ellos cuando lo soliciten;
VI. Cuidar de que en las distribuciones de tiempo, se den de preferencia en la mañana las clases que exigen estudio previo;
VII. Proponer a la Dirección de Instrucción la creación de clases supernumerarias cuando la asistencia media pase de sesenta alumnos;
VIII. Suspender las clases por un día cada vez que lo estime conveniente, comunicándolo la víspera a los profesores y a los alumnos;
IX. Organizar las excursiones, conferencias, academias, juegos, fiestas sociales, etc., de los alumnos o profesores; y X. Expedir el reglamento económico de la Escuela.