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Artículo 53

Del Poder Judicial (Administrativas, abrogada)· Título Segundo. DE LA ORGANIZACIÓN JURISDICCIONAL › Capítulo V. DE LA COMPETENCIA Y ORGANIZACIÓN DE LOS JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA

Para ser Secretario de Juzgado de Primera Instancia se requieren los requisitos señalados en el artículo 38 de esta ley, con excepción de la práctica profesional. El Pleno podrá dispensar el requisito del título, en caso de designaciones en los juzgados mixtos.

Conexiones dentro de la misma norma

Cita a: 38

Lo citan: ningún otro artículo de esta norma.