Capítulo PrimeroDEL PATRIMONIO MUNICIPAL
Del Gobierno y la Administración Municipal (Administrativas, abrogada) · arts. 74 a 81
Artículos
- Art. 74‑ El Patrimonio Municipal estará formado por: Todos los bienes, muebles e inmuebles, destinados al servicio público municipal…
- Art. 75‑ Los bienes propios del Municipio, son inalienables e imprescriptibles; los destinados a un servicio público y los de uso común…
- Art. 76‑ Solamente con autorización de la Legislatura del Estado y previa desafectación, podrán enajenarse los bienes inmuebles…
- Art. 77‑ Si se tratare de comprar inmuebles, los Ayuntamientos estarán obligados, preferentemente, de conformidad a lo dispuesto por la…
- Art. 78‑ Pueden aprovecharse todas las personas, de los bienes de uso común del dominio de los Municipios; pero para aprovechamientos…
- Art. 79Los Ayuntamientos sólo podrán decretar la desincorporación de un inmueble destinado a un servicio público, cuando no cumpla ya la…
- Art. 80‑ Es obligación de los gobiernos Municipales conservar y acrecentar su patrimonio, evitando hasta donde sea posible, la…
- Art. 81En todo lo no previsto en este capítulo, se estará a lo dispuesto por la Ley de Hacienda Municipal.