A efecto de cumplimentar debidamente las disposiciones que este Código determina, se procederá a efectuar periódicamente la desinfección y desinsectización de templos, hoteles, edificios públicos, salones de espe4ctáculos y toda clase de centros de reunión, según reglamentación especial. Los gastos que se efectúen en estos actos serán por cuenta del dueño o encargado del local en cuestión.
Artículo 53
Del Código Sanitario (Salúd, abrogada)· Título Primero. De las Enfermedades Transmisibles
Conexiones dentro de la misma norma
Cita a: ningún otro artículo de esta norma.
Lo citan: 203