Lo relativo a edad de operarios, horas de trabajo y reglamentos de fábricas, quedará sujeto a las disposiciones del Capítulo XII del Código Sanitario Federal y a la legislación que a este respecto formulen las Legislaturas Federal y del Estado.
Artículo 151
Del Código Sanitario (Salúd, abrogada)· Título Tercero. Templos, Teatros u otros Lugares de Reunión › Capítulo Cuarto. Higiene en las Fábricas
Conexiones dentro de la misma norma
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Lo citan: 307