Capítulo IXObras de Servicio Público
De Urbanización (Desarrollo Urbano, abrogada) · arts. 49 a 56
Artículos
- Art. 49La ejecución de una obra pública costeada mediante Impuesto Especial, estará a cargo de un Comité de Construcción que se…
- Art. 50Por iniciativa del Consejo de Urbanización del Municipio de Guadalajara, se nombrará dentro de los quince días siguientes a la…
- Art. 51De la formación de estos Comités se levantará acta que firmarán los miembros del Consejo de Urbanización y las personas…
- Art. 52Los Comités de Construcción realizarán las obras que se les encomienden, con estricto apego a los planos y presupuestos aprobados.
- Art. 53El Jefe de Construcción percibirá sueldo en la proporción que corresponda a su trabajo.
- Art. 54Ninguno de los miembros del Consejo de Urbanización, podrá ser a la vez miembro del Comité de Construcción.
- Art. 55Cuando las obras se ejecuten por contrato, no es menester nombrar Comité de Construcción.
- Art. 56Los Comités de Construcción celebrarán sesión semanariamente, con las finalidades que se mencionan en el artículo 40o. Sección…