La responsabilidad de ejecutar las disposiciones hacendarías se deposita, en el orden jerárquico descendente:
I. En el Ayuntamiento;
II. En el Tesorero Municipal; y III. En los Ejecutores y Agentes de Recaudación.
Las autoridades de Policía o de cualquier otro ramo están obligadas a prestar a las Hacendarías toda la colaboración que le soliciten en el desempeño de sus funciones.