Sólo las Tesorerías Municipales podrán efectuar las recaudaciones y reconocer la existencia de excepciones fiscales. En casos particulares, podrán autorizar a otros organismos para los cobros.
Artículo 7
De Hacienda Municipal (Fiscales, abrogada)
Conexiones dentro de la misma norma
Cita a: ningún otro artículo de esta norma.
Lo citan: ningún otro artículo de esta norma.